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Residencia fiscal en Marruecos (regla de los 183 días)

Bandera: Marruecos

En resumen

Datos clave
Umbral 183 días
Período 365 días móviles
Cómputo Cualquier parte del día
Prueba alternativa Vivienda permanente, intereses económicos

Cómo funciona la regla

Eres residente fiscal en Marruecos si cumples cualquiera de estas tres pruebas:

  • Vivienda permanente: mantienes una vivienda en Marruecos de forma duradera, como propietario, usufructuario o inquilino. Lo que importa es que esté realmente a tu disposición, no cuántas noches pases en ella.
  • Centro de intereses económicos: Marruecos es donde ejerces tu actividad profesional principal, donde están tus inversiones principales, donde tiene su sede tu negocio o donde se genera la mayor parte de tus ingresos.
  • Presencia de 183 días: tus estancias en Marruecos superan los 183 días en cualquier período de 365 días.

Cumplir cualquiera te convierte en residente fiscal en Marruecos y tributas por tu renta mundial. Si no cumples ninguna de las tres, eres no residente y, por lo general, solo tributas por las rentas de fuente marroquí. Una norma aparte considera además residentes a los empleados del Estado marroquí destinados en el extranjero, si el país donde trabajan no grava sus rentas.

Cómo llevar la cuenta

  1. El umbral es de más de 183 días en Marruecos en cualquier período de 365 días, sean estancias continuadas o a trozos.
  2. Cualquier parte de un día cuenta como un día completo de presencia, incluidos los días de llegada y de salida, los fines de semana y los festivos.
  3. Los 365 días son móviles y no vuelven a cero el 1 de enero, así que dos estancias a uno y otro lado del fin de año se suman en un solo total.
  4. Si tus estancias están repartidas, cuenta dentro de los 365 días siguientes a tu primera entrada: la respuesta no es definitiva hasta que se cierra ese período.

Guarda los justificantes de viaje para tu cómputo de días y documentos que muestren dónde están tu vivienda y tu vida económica: un contrato de alquiler, una escritura o documentos de usufructo, facturas de suministros y documentación empresarial o laboral.

Casos especiales

  • Los intereses económicos pueden pesar más que el lugar donde vives. Un negocio principal, tus inversiones principales o la mayor parte de tus ingresos generados en Marruecos pueden hacerte residente pese a tener pocos días y ninguna vivienda allí.
  • El período móvil atrapa las estancias que abarcan el Año Nuevo. Dos estancias más cortas a uno y otro lado del fin de año pueden superar juntas los 183 días aunque ningún año natural se acerque.
  • Las pensiones extranjeras transferidas a Marruecos tienen una gran rebaja fiscal. Los jubilados que pasan a ser residentes en Marruecos y transfieren de forma definitiva una pensión extranjera a una cuenta en dírhams no convertibles obtienen una reducción del 80 % del impuesto correspondiente.

Qué pasa si te equivocas

Declarar tarde o dejar fuera rentas conlleva un recargo sobre el impuesto debido: el 5 % dentro de los treinta días siguientes al plazo, el 15 % después y el 20 % si la administración tributaria tiene que liquidarte de oficio. Si después ajusta tu base imponible, se aplica otro 20 % sobre el impuesto adicional, que sube al 100 % si se acredita mala fe. En estos casos, es muy recomendable consultar a un asesor fiscal.

Ejemplos

Un destino que supera la línea dos veces

Te mudas a Casablanca en febrero con un contrato de dos años, alquilas un piso y pasas 300 días en Marruecos ese año. Superas con facilidad los 183 días y tienes una vivienda permanente a tu disposición, así que cualquiera de las dos pruebas por sí sola te hace residente fiscal en Marruecos.

Dos estancias que se suman a través del fin de año

Pasas 110 días en Marruecos de octubre a enero, y otros 80 en junio y julio del año siguiente. Ningún año natural supera por sí solo el umbral, pero las dos estancias caen dentro de un mismo período de 365 días y suman 190, así que la prueba de días te hace residente fiscal en Marruecos.

Un negocio en Marruecos mientras vives en otro lugar

Vives en el extranjero, pasas menos de 40 días al año en Marruecos y no alquilas nada allí, pero eres propietario y diriges una empresa en Casablanca que te da la mayor parte de tus ingresos. Tu cómputo de días está muy por debajo del umbral y no tienes vivienda en Marruecos, pero la prueba del centro de intereses económicos por sí sola puede hacerte residente fiscal en Marruecos.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes