¿Afecta la regla Schengen 90/180 a mi residencia fiscal?
En resumen
Dos cómputos que corren a la vez
Cada día que pasas en el espacio Schengen se cuenta dos veces, por dos sistemas que no se hablan entre sí.
El cómputo migratorio pregunta: entre los 29 países Schengen, ¿cuántos días has pasado en los últimos 180, contados de forma móvil? El tope es 90. Cruzar una frontera interior no cambia nada: España, Francia y Alemania suman al mismo total.
El cómputo fiscal hace otra pregunta, una vez por país (España, Portugal, Francia e Italia tienen cada uno la suya): ¿cuántos días has pasado en este país, en el período de cómputo de este país? En la mayoría el umbral es de 183 días en el año natural. Los días en Francia no cuentan para la residencia en España.
Así que un año repartido a partes iguales entre cuatro países Schengen podría superar con creces el límite migratorio 90/180 sin activar la prueba de los 183 días de ningún país. Lo contrario también es posible.
Por qué 90 días parecen una garantía y no lo son
La cuenta tranquilizadora es esta: el umbral fiscal es 183, mi visado me limita a 90, luego no puedo ser residente fiscal. Falla por tres motivos.
Primero, los 183 días no son la única vía. La mayoría de las normas fiscales tienen pruebas alternativas que no exigen ningún recuento de días: una vivienda permanente a tu disposición, tu centro de intereses vitales, una residencia habitual, un lugar de negocio. España, Portugal, Francia, Italia y Alemania tienen al menos una. Noventa días más un piso alquilado y una familia pueden bastar.
Segundo, los períodos son distintos. El período de 90/180 es móvil. Los fiscales normalmente no: la mayoría siguen el año natural, algunos un año fiscal y otros cualquier período de 12 meses. Días que ya han salido de tu cómputo Schengen pueden seguir dentro de un año fiscal.
Tercero, no todo el mundo en Schengen está sujeto a 90/180. Los permisos de residencia, los visados nacionales de larga duración y la libre circulación de la UE te sacan del tope de 90 días y dejan intactas todas las normas fiscales. Los más expuestos a una residencia fiscal accidental son precisamente aquellos a quienes ya no se les aplica el límite migratorio.
Fuentes oficiales
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