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Residencia fiscal en la India (reglas de los 182 y los 60 días)

Bandera: India

En resumen

Datos clave
Umbral 182 días
Período Año fiscal (1 abr. – 31 mar.)
Prueba alternativa 60 días / año + 365 días / 4 años anteriores
Cómputo Cualquier parte del día

Cómo funciona la regla

Eres residente fiscal en la India en un año fiscal (del 1 de abril al 31 de marzo) si cumples cualquiera de estas dos pruebas básicas:

  • 182 días en el año: estás en la India 182 días o más durante el año fiscal.
  • 60 días más historial: estás en la India 60 días o más durante el año fiscal y 365 días o más en los cuatro años fiscales anteriores.

La segunda prueba es la que atrapa a los visitantes habituales que nunca se quedan mucho en un mismo año. Hay dos grupos para los que se suaviza, y los dos se definen por la ciudadanía, no por dónde viven:

  • Salir de la India por un trabajo en el extranjero: si eres ciudadano indio y sales de la India durante el año para trabajar en el extranjero, o como tripulante de un buque indio, solo se aplica la prueba de los 182 días. La de los 60 días desaparece por completo.
  • Visitar la India desde el extranjero: si eres ciudadano indio o persona de origen indio y vives fuera de la India, una visita solo te hace residente a partir de más de 182 días en el año.

Los residentes tributan por su renta mundial; los no residentes, solo por las rentas obtenidas en la India.

Cómo llevar la cuenta

  1. El umbral principal es de 182 días o más de presencia en la India durante el año fiscal, que va del 1 de abril al 31 de marzo.
  2. La alternativa es 60 días o más en el año fiscal junto con 365 días o más en los cuatro años fiscales anteriores. Eso supone llevar un total acumulado que se remonta cuatro años, no solo el año en curso.
  3. Cualquier parte de un día pasada en la India cuenta como un día completo, incluidos los días de llegada y de salida.
  4. Los ciudadanos y las personas de origen indio que vienen de visita desde el extranjero tienen un techo más alto, pero depende de sus rentas distintas de las de fuente extranjera. Por debajo del umbral fijado, solo se aplica la prueba de los 182 días y la de los 60 días desaparece. Por encima, la prueba de los 60 días vuelve, leyendo los 60 días como 120, junto con el mismo historial de 365 días.

Guarda los sellos del pasaporte y las tarjetas de embarque de los últimos cinco años fiscales, porque la segunda prueba exige cuatro años de historial más el actual. Guarda tu contrato de trabajo en el extranjero si saliste de la India por un empleo fuera, y pruebas de tu residencia fiscal o de los impuestos pagados en otro país si te apoyas en que tributas en otro lugar.

Casos especiales

  • Ser residente y tributar por todo no es lo mismo. Los residentes se dividen además en «residentes ordinarios» y «residentes no ordinarios». Un residente no ordinario tributa por las rentas indias y por las rentas extranjeras de un negocio controlado o una profesión establecida en la India, pero no por el resto de sus rentas extranjeras.
  • Un historial reciente escaso te mantiene como residente no ordinario. Esa condición se aplica si fuiste no residente en nueve de los diez años fiscales anteriores, o si estuviste en la India 729 días o menos en los siete anteriores. En la práctica, da a quienes vuelven un aterrizaje suave durante sus primeros años.
  • Un ciudadano indio que no tributa en ningún sitio puede ser residente sin ningún cómputo de días. Si tus rentas distintas de las de fuente extranjera superan el umbral fijado y no estás sujeto a impuestos en ningún otro país, se te considera residente sean cuales sean los días que pases en la India. La sujeción se valora por domicilio, residencia u otros criterios parecidos, y los residentes presuntos se tratan como residentes no ordinarios.
  • Solo los residentes ordinarios declaran sus bienes en el extranjero. El anexo de bienes en el extranjero de la declaración solo se les aplica a ellos, no a quienes declaran como residentes no ordinarios o no residentes.

Qué pasa si te equivocas

Equivocarse suele significar rentas o cuentas extranjeras sin declarar, y como solo los residentes ordinarios tributan por todas ellas, es fácil que un error en esa distinción pase desapercibido. Declarar de menos conlleva una sanción del 50 % del impuesto sobre el importe no declarado, que sube al 200 % si la declaración es falsa, y las rentas y bienes extranjeros no declarados están sujetos a una ley aparte, más dura. En estos casos, es muy recomendable consultar a un asesor fiscal.

Ejemplos

Superar el umbral principal

Te mudas a Bangalore en abril y te quedas 300 días en el año fiscal. Superas con creces los 182 días, así que eres residente fiscal en la India ese año y tributas por tu renta mundial.

Un visitante al que protege el techo más alto

Vives en el extranjero y este año fiscal visitas a tu familia en la India durante 100 días, tras haber pasado allí 400 días en los cuatro años anteriores. La prueba básica de los 60 días, junto con ese historial, normalmente te haría residente. Pero como ciudadano indio que viene del extranjero tienes el umbral más alto, así que con 100 días sigues siendo no residente.

El mismo visitante, con rentas indias por encima del umbral

Eres ciudadano indio con base en el extranjero, visitas la India 130 días este año fiscal, has pasado allí 400 días en los cuatro anteriores y tienes ingresos de consultoría indios por encima del umbral fijado. Como tus rentas distintas de las de fuente extranjera superan ese umbral, tu techo baja de 182 días a 120, así que con 130 días eres residente.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes